Requieren ser tutelados para proteger sus intereses, consideró Itzcóatl Maldonado Reséndiz
Los seres humanos debemos asumir mayor responsabilidad y consideración ética y moral en nuestra relación con los animales, y dejar de verlos como simples objetos o recursos naturales para satisfacer las necesidades de nuestra especie, aseguró el investigador y secretario académico del Programa Universitario de Bioética de la UNAM, Itzcóatl Maldonado Reséndiz.

Al participar en la Cátedra Extraordinaria de Bioética “Problemas bioéticos contemporáneos IV”, en la sesión titulada “La zooética desde la bioética”, el especialista universitario comentó: no existen argumentos válidos para excluirlos de nuestra consideración ética, toda vez que son seres que sienten, poseen estados afectivos como los humanos.

Debemos pensar que el resto son más que mascotas o artículos de lujo; una fuerza de trabajo o de transporte; productores de alimentos o de bienes diversos; inclusive más que sujetos de experimentación o de estudio; que recurso natural, objeto de adorno o diversión, acotó.

De acuerdo con Maldonado Reséndiz, no pueden ser poseídos; en cambio, deberían ser tutelados y contar con una figura de un tutor que represente o cuide sus intereses, y que estos estén bajo el amparo de la ley.

Lejos de asumir esa responsabilidad, históricamente el ser humano lo utiliza para satisfacer sus necesidades básicas y de alimentación, pero también otras como diversión, sin preocuparse por su sufrimiento o su bien.

Cuando hemos tenido alguna posición de consideración hacia ellos, en realidad ha sido siempre en función de los intereses humanos, o sea, nos preocupa ahora el bienestar de las vacas porque en la medida que estén bien producen más leche, dijo.

Con base en la percepción histórica de que no están al mismo nivel que los seres humanos al no pertenecer a la especie homo sapiens, también se ha generado una sensación de dominio y discriminación, explicó el experto.

Esta idea de segregación se identifica como especismo, el cual está relacionado con el trato desfavorable, injustificado de quienes no son clasificados como pertenecientes a cierta especie, aunque también se presenta de manera selectiva, apuntó.

Esto se ve de una forma sencilla en la atención que a veces le damos a las especies utilizadas, por ejemplo, como animales compañeros o de compañía, a los cuales se les atiende de manera más favorable con respecto a otros, como podrían ser aquellos que se utilizan para consumo de proteína. Peor aún, para los que son considerados plagas, portadoras de enfermedades o que son peligrosas para el ser humano, la relación es más desfavorable.

El especismo, como cualquier acto discriminatorio, añadió, se percibe injusto y es tan reprobable como la marginación asociada a la asignación sexo genérica o a la racial por color de piel, así como por ideología partidista o de religión.

De esta forma, dijo, se ha construido una actitud irresponsable en la forma en que el ser humano se relaciona con el resto de los animales y que a veces no tiene consecuencias jurídicas ni morales.

Responsabilidad implica consideraciones de orden bioético, pero también legal, económico y social, sobre todo en el caso de los de compañía.

Soy responsable en esos cuatro elementos de aquellos que están bajo mi tutela porque no basta con tenerlos, es necesario saber qué hacer con ellos, contar con habilidades para cuidarlos de una forma correcta porque estas responsabilidades bioéticas se trasladan a legales; en la actualidad, el desconocimiento de la norma jurídica no nos exime de nuestras obligaciones.

Itzcóatl Maldonado recordó que en el artículo 13 de la Constitución Política de la Ciudad de México se habla de la ciudad habitable y se establece una categoría de protección a los animales, los reconoce como seres sintientes y, por lo tanto, deben recibir trato digno. En la capital de la República mexicana toda persona tiene un deber ético y una obligación jurídica de respetar su vida e integridad; por su naturaleza, son sujetos de consideración moral y su tutela es responsabilidad común.

Asimismo, la ley de protección a los animales, también de esta urbe, en su artículo cuarto bis establece la obligación de todos los ciudadanos de resguardarlos, incluidos los tutores y prestadores de servicios profesionales, como pueden ser los médicos veterinarios.

Maldonado Reséndiz enfatizó que hoy en día no se puede decir: desconocía que no debo golpearlos, que tampoco deben vivir en la azotea, o no sabía que tengo que darles una muerte sin sufrimiento. Es normativa jurídica evitarles sufrimiento.

Artículo recuperado de: https://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2023_847.html

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